Resumen:
La Ley del Banco Central de Bolivia (Ley 1670 del 31 de octubre
de 1995) establece el carácter autárquico de la institucón y le otorga
un conjunto de competencias administrativas, técnicas y financieras.
El BCB cuenta con un amplio grado de independencia para cumplir
con su ley. El BCB tiene la obligación legal de informar al
Presidente de la República, al Ministro de Hacienda, a las
Comisiones de las Cámaras Legislativas, a la Contraloría General de
la República y a la Superintendencia de Bancos y Entidades
Financieras en lo que se refiere a las actividades de intermediación
financiera.